Herramienta · sin registro
Tu pensión de 2026: la subida, el tope, el mínimo y la paga extra
El 2,7 % del Real Decreto 241/2026 sobre tu pensión de 2025, el máximo de 3359,60 €, el mínimo de tu clase de pensión con el límite de ingresos, y cuánto cobras de extra en junio y en noviembre.
RD 241/2026, arts. 3, 6 y 9 y anexo I
Pon tu pensión para ver la de 2026
Las mínimas suben más que el 2,7 %. La revalorización general es el IPC medio de los doce meses previos a diciembre (art. 58.2 LGSS), pero las cuantías mínimas del anexo I del RD 241/2026 suben con el objetivo de la Ley 21/2021: la de jubilación con cónyuge a cargo llega a 17.592,40 € al año. Si tu pensión está por debajo del mínimo, el complemento la sube hasta él, siempre que tus otros ingresos no pasen de 9442,00 € (11.013,00 € con cónyuge a cargo).
Si cobras dos pensiones, o una extranjera, la revalorización y el mínimo se aplican sobre la suma. Legatiq lo mira con tus dos resoluciones. Pregúntale a Legatiq con tus resoluciones. Esta herramienta es orientativa y genérica: usa Legatiq para examinar tu caso más a fondo. En cualquier caso, ni Legatiq ni esta herramienta sustituyen el asesoramiento de un profesional.
El 2,7 %, desde enero, sobre todo lo que cobras. La subida de las pensiones ya no la negocia nadie: desde 2022 la fija una fórmula, el IPC medio de los doce meses que van de diciembre a noviembre, y en 2026 ha dado un 2,7 %. Lo que cambia cada año, además del porcentaje, son las tres cifras que lo rodean: la máxima, que sube algo más por una regla propia; las mínimas, que suben bastante más por decisión política; y los límites de ingresos para completar hasta la mínima. Esta guía las pone todas, con el artículo, y explica cómo se cobran las extras de junio y noviembre. La calculadora te da tu pensión de 2026 con la subida, el tope y el complemento.
La fórmula: el IPC medio del artículo 58
El artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social, en la redacción de la Ley 21/2021, manda revalorizar las pensiones contributivas «al comienzo de cada año en el porcentaje equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de Precios de Consumo de los doce meses previos a diciembre del año anterior». Para 2026, la media de los IPC interanuales de diciembre de 2024 a noviembre de 2025 fue del 2,7 %. Si esa media fuera negativa, las pensiones se mantendrían.
Este año la subida llegó por una vía poco habitual. Sin Ley de Presupuestos para 2026, el Gobierno la aprobó por decreto-ley en diciembre de 2025; ese decreto decayó en el Congreso, y hubo que aprobarla de nuevo por el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, con efectos desde el 1 de enero y con los anexos de mínimas y límites de ingresos, y la desarrolló después el Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo, que es el que fija todas las cuantías que siguen. Las pensiones de enero ya llegaron revalorizadas.
La máxima: 3.359,60 € al mes, 47.034,40 al año
El artículo 3 del Real Decreto 241/2026 fija el límite máximo de las pensiones públicas en 47.034,40 € al año, 3.359,60 € al mes en catorce pagas. Sube más que el 2,7 % porque la disposición transitoria 39.ª de la Ley General de la Seguridad Social añade 0,115 puntos cada año hasta 2050, para que la máxima recupere terreno frente a la base máxima de cotización: de 3.267,60 € en 2025 a 3.359,60 € en 2026. Es un tope conjunto (artículo 57): quien cobra una jubilación y una viudedad, o dos pensiones de regímenes distintos, no puede superar con la suma los 3.359,60 €, y el INSS reduce la que corresponda. Y es el tope sobre el que se aplican los coeficientes de la jubilación anticipada voluntaria, como cuenta la guía de la anticipada.
Las mínimas de 2026, con su subida propia
Las cuantías mínimas del anexo I del Real Decreto 241/2026 no suben el 2,7 %: suben más, en la senda que la Ley 31/2022 marcó para acercarlas al umbral de pobreza. La de jubilación con 65 años sin cónyuge pasa de 874,40 € en 2025 a 936,20 € en 2026. Las principales, al mes y en catorce pagas:
| Pensión | Sin cónyuge | Con cónyuge a cargo | Con cónyuge no a cargo |
|---|---|---|---|
| Jubilación con 65 años | 936,20 € | 1.256,60 € | 888,70 € |
| Jubilación menor de 65 años | 875,90 € | 1.256,60 € | 827,90 € |
| Jubilación con 65 años y gran invalidez | 1.404,30 € | 1.884,70 € | 1.333,00 € |
| Incapacidad permanente absoluta, y total con 65 años | 936,20 € | 1.256,60 € | 888,70 € |
| Incapacidad permanente total, de 60 a 64 años | 875,90 € | 1.256,60 € | 827,90 € |
| Incapacidad total por enfermedad común, menor de 60 | 690,20 € | 690,20 € | 684,30 € |
| Gran invalidez | 1.404,30 € | 1.884,70 € | 1.333,00 € |
| Viudedad y orfandad | Mínima mensual |
|---|---|
| Viudedad con cargas familiares | 1.256,60 € |
| Viudedad con 65 años o discapacidad del 65 % | 936,20 € |
| Viudedad de 60 a 64 años | 875,90 € |
| Viudedad menor de 60 años | 709,40 € |
| Orfandad, por beneficiario | 286,50 € |
| Orfandad de menor de 18 con discapacidad del 65 % | 563,00 € |
Fuera de las contributivas: la pensión no contributiva de jubilación e invalidez queda en 8.803,20 € al año, 628,80 € al mes en catorce pagas (artículo 21); las del extinguido SOVI, en 8.394,40 € al año (artículo 11); y el complemento para la reducción de la brecha de género, en 36,90 € al mes por hijo (artículo 12). La guía de la pensión mínima tiene la tabla completa y el comprobador.
El complemento hasta la mínima: los límites de 9.442 y 11.013 €
Cobrar la mínima no es automático: la mínima es un suelo que se garantiza con el complemento a mínimos del artículo 59 a quien reside en España y no tiene otros ingresos por encima de un límite, que el artículo 9 del Real Decreto 241/2026 fija para 2026 en 9.442 € al año sin cónyuge a cargo y 11.013 € con cónyuge a cargo. Los ingresos que cuentan son los del trabajo, el capital, las actividades económicas y las ganancias patrimoniales, no la propia pensión ni el complemento por brecha de género. Y hay una regla intermedia: si los ingresos superan el límite pero la suma de ingresos y pensión no llega a la suma del límite y la mínima, el complemento es esa diferencia (artículo 9.2). Con una pensión de 800 € de jubilación con 65 años sin cónyuge y sin otros ingresos, el complemento es de 136,20 € en 2025 y de 114,60 € en 2026, porque la pensión sube a 821,60 y la mínima a 936,20.
Las pagas extra: junio y noviembre, a sextas partes
La pensión se paga en catorce mensualidades: doce ordinarias y dos extraordinarias, en junio y en noviembre, cada una del mismo importe que la mensualidad. La Seguridad Social las devenga por semestres: la de junio, a razón de una sexta parte por cada mes de diciembre a mayo; la de noviembre, de junio a noviembre. Por eso quien empieza a cobrar la pensión el 1 de marzo recibe en junio una extra de tres sextos (marzo, abril y mayo), y quien la empieza en julio recibe en noviembre cinco sextos. Las pensiones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional son la excepción: se pagan en doce mensualidades con las extras prorrateadas dentro de cada una, así que el importe mensual es un sexto mayor. La revalorización se aplica también a las extras, y la calculadora hace la prorrata con tu fecha de efectos.
Otras pensiones que suben con el 2,7 %
El Real Decreto 241/2026 revaloriza también las pensiones de Clases Pasivas de los funcionarios (la inicial se calcula con los haberes reguladores de cada grupo, que explica la guía de Clases Pasivas), las prestaciones familiares por hijo a cargo con discapacidad y los subsidios de la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad, con las mismas reglas de tope conjunto. Los límites de ingresos de la asignación por hijo a cargo suben igualmente (artículo 24). Y el ingreso mínimo vital, que no es una pensión pero se calcula sobre la no contributiva, sube con ella: su renta garantizada pasa a 733,60 € al mes para una persona sola. La guía del ingreso mínimo vital lo cuenta.
Lo que la subida cambia en el IRPF
La pensión es rendimiento del trabajo y lleva retención, que el INSS calcula sobre la cuantía anual prevista. Una subida puede mover el tramo de retención, así que enero suele traer un pequeño cambio en el neto, y a veces la retención sube más de lo que sube la pensión. La absoluta, la gran invalidez y las de Clases Pasivas por inutilidad están exentas. La guía de la retención de la pensión y la devolución de las mutualidades tiene el detalle, incluida la deducción para quien cotizó a mutualidades laborales antes de 1979.
Un ejemplo con cifras
Tres pensionistas en enero de 2026. Manuel cobraba 1.000 € de jubilación en 2025: cobra 1.027 € al mes, 27 € más, y 14.378 € al año; su extra de junio es de 1.027 €. Pilar cobraba 3.300 €, cerca del tope: el 2,7 % le daría 3.389,10, pero se queda en la máxima de 3.359,60. Rosa cobraba 800 € de jubilación con 65 años y sin otros ingresos: su pensión sube a 821,60 y el complemento a mínimos la lleva a 936,20, 61,80 € más al mes que en 2025. Y Pedro, que se jubila con efectos del 1 de marzo de 2026 con 1.200 € al mes, cobra en junio una extra de 600 € (tres sextos) y en noviembre una completa. La calculadora hace los cuatro casos con tu pensión.
Errores frecuentes
- Esperar la paguilla de enero. No existe desde 2022: la fórmula usa un IPC ya conocido.
- Aplicar el 2,7 % a una pensión en la máxima. Lo que sube es el tope, el 2,815 %; lo que exceda no se cobra.
- Creer que la mínima se cobra sin pedirla. El complemento exige una declaración de ingresos, y se revisa cada año.
- Sumar dos pensiones sin mirar el tope conjunto. La suma de todas las pensiones públicas no puede pasar de 3.359,60 € al mes.
- Contar la extra de junio entera el primer año. Es proporcional a los meses cobrados desde diciembre.
- Olvidar la retención. El neto de enero puede subir menos que el bruto, porque el IRPF se regulariza.
Pasos siguientes
Si todavía no cobras la pensión, la guía de la edad de jubilación calcula la tuya con el tope y la mínima de 2026. Si cobras menos de la mínima, el comprobador del complemento aplica el límite de ingresos y la regla de la diferencia. Y si lo que cobras es una viudedad, sus mínimas van por edad y cargas.
Las catorce pagas incluyen dos extras en junio y noviembre que se devengan por sextas partes; cuánto es la primera después de jubilarte lo calcula la guía de la paga extra.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto suben las pensiones en 2026?
Un 2,7 %, que es la media de los doce IPC interanuales de diciembre de 2024 a noviembre de 2025, tal como manda el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social desde la Ley 21/2021. Se aplica desde el 1 de enero a todas las pensiones contributivas de la Seguridad Social y de Clases Pasivas (artículo 6 del Real Decreto 241/2026). Una pensión de 1.000 € pasa a 1.027 €, y una de 2.000 a 2.054.
¿Cuál es la pensión máxima en 2026?
3.359,60 € al mes, 47.034,40 € al año en catorce pagas (artículo 3 del Real Decreto 241/2026). Sube el 2,7 % más 0,115 puntos, porque la disposición transitoria 39.ª de la Ley General de la Seguridad Social añade ese suplemento cada año hasta 2050. Es un tope conjunto: quien cobra dos pensiones públicas no puede superarlo con la suma de las dos.
¿Cuál es la pensión mínima en 2026?
Depende de la pensión y de la situación familiar (anexo I del Real Decreto 241/2026). Jubilación con 65 años: 936,20 € al mes sin cónyuge, 1.256,60 € con cónyuge a cargo y 888,70 € con cónyuge no a cargo. Con menos de 65: 875,90, 1.256,60 y 827,90 €. Gran invalidez: 1.404,30, 1.884,70 y 1.333 €. Viudedad: de 709,40 € (menor de 60) a 1.256,60 € (con cargas familiares). Orfandad: 286,50 € por beneficiario. Las mínimas suben más que el 2,7 %: la de jubilación con 65 años sin cónyuge era de 874,40 € en 2025.
¿Quién tiene derecho al complemento hasta la mínima?
Quien cobra una pensión contributiva por debajo de la mínima de su situación, reside en España y no tiene otros ingresos (trabajo, capital, actividades, ganancias) superiores a 9.442 € al año, u 11.013 € si tiene cónyuge a cargo (artículo 59 de la Ley General de la Seguridad Social y artículos 9 y 10 del Real Decreto 241/2026). Si los ingresos superan el límite pero la suma de ingresos y pensión no llega al límite más la mínima, se cobra la diferencia. Se pide en la solicitud o después, con una declaración de ingresos.
¿Cuándo se cobran las pagas extra de la pensión?
En junio y en noviembre, junto a la mensualidad. Cada extraordinaria es de un importe igual a la mensualidad y se genera a razón de una sexta parte por cada mes del semestre anterior: la de junio, de diciembre a mayo; la de noviembre, de junio a noviembre. El año en que se reconoce la pensión, la extra es proporcional a los meses cobrados. Las pensiones por accidente de trabajo o enfermedad profesional se pagan en doce mensualidades con las extras prorrateadas.
¿Suben también las no contributivas y el ingreso mínimo vital?
Sí. La pensión no contributiva de jubilación e invalidez es de 8.803,20 € al año en 2026, 628,80 € al mes en catorce pagas (artículo 21 del Real Decreto 241/2026), y con ella sube la renta garantizada del ingreso mínimo vital, que es su doceava parte: 733,60 € al mes. Las pensiones del SOVI quedan en 8.394,40 € al año, y el complemento por brecha de género en 36,90 € por hijo.
¿Hay paga compensatoria si el IPC sube más de lo previsto?
Ya no. Desde la Ley 21/2021 la revalorización se hace con el IPC medio del año anterior, ya conocido en noviembre, así que no hay desviación que compensar en enero ni «paguilla». Si el IPC medio fuera negativo, las pensiones no bajarían.
¿La subida cambia la retención del IRPF?
Puede cambiarla, porque la retención se calcula sobre la pensión anual prevista y una subida puede mover el tramo: el INSS regulariza la retención en enero con la nueva cuantía. La pensión tributa como rendimiento del trabajo, con las reducciones por trabajo y la exención de la absoluta y la gran invalidez.
Fuentes oficiales consultadas
- 01
- 02
- 03
- 04
¿Tu caso es distinto?
Hazle a Legatiq la pregunta exacta de tu situación y recibirás una respuesta basada en las fuentes oficiales que aplican a tu caso.
Probar gratisGuías relacionadas
- Principal10 min
Edad de jubilación en 2026 y cómo calcular tu pensión: la edad que te toca, el porcentaje de tu carrera y la base reguladora
En 2026 te jubilas a los 66 años y 10 meses, o a los 65 con 38 años y 3 meses cotizados. El 50 % de la base con 15 años, el 100 % con 36 y medio; tope de 3.359,60 € al mes.
- 9 min
Pensión mínima en 2026: el complemento a mínimos, el límite de ingresos, la brecha de género y la pensión no contributiva
Mínima de jubilación a los 65 de 936,20 € al mes si tus otros ingresos no pasan de 9.442 € al año. Brecha de género de 36,90 € por hijo. No contributiva de 8.803,20 € al año.
- 10 min
Pensión de viudedad y orfandad en 2026: requisitos, el 52, 60 o 70 % de la base, la pareja de hecho, los divorciados y los huérfanos
Viudedad del 52 % de la base reguladora, 60 % con 65 años sin otros ingresos, 70 % con cargas familiares. Orfandad del 20 % por hijo hasta los 21 o 25 años. Mínima desde 709,40 €.
- 13 min
Pensión de Clases Pasivas en 2026: cómo se calcula con los haberes reguladores, varios cuerpos, incapacidad y límite máximo
Haberes reguladores de 2025 y 2026, la tabla de porcentajes, la fórmula de varios cuerpos, la incapacidad con su reducción, la demora y los complementos. Con calculadora.
