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El mismo sueldo en Bizkaia, Gipuzkoa, Álava, Navarra y en tu comunidad
Cuota del IRPF de la renta 2025 de una persona asalariada que declara sola, con las cotizaciones estimadas y la familia que marques. Cada territorio con su norma.
¿Te mudas o vives en un territorio y trabajas en otro? Regístrate gratis y Legatiq te dice dónde declaras con el Concierto y el Convenio Económico. Esta herramienta es orientativa y genérica: usa Legatiq para examinar tu caso más a fondo. En cualquier caso, ni Legatiq ni esta herramienta sustituyen el asesoramiento de un profesional.
La respuesta automática del buscador a «haciendas forales» explica el Concierto y el Convenio y el cupo que se paga al Estado. Es la parte institucional. Lo que busca quien trabaja es otra cosa: si su renta va a Bilbao, a Pamplona o a la Agencia Tributaria, qué tabla le aplica la empresa si vive en un sitio y trabaja en otro, y si de verdad se paga menos. Esta guía contesta las tres con el Concierto Económico y el Convenio Económico delante, y el comparador pone tu sueldo en los cinco regímenes.
Quién tributa en una hacienda foral
El IRPF es, para el País Vasco, «un tributo concertado de normativa autónoma» (artículo 6 del Concierto). Cada diputación tiene su norma: Bizkaia la 13/2013, Gipuzkoa la 3/2014 y Álava la 33/2013. Navarra tiene el suyo por el Convenio, en el Texto Refundido de 2008. Ninguna usa la Ley 35/2006.
Te corresponde una hacienda foral si tu residencia habitual está en su territorio. Las reglas se aplican en orden, y en cuanto una decide, las demás no cuentan (artículo 43 del Concierto y artículo 8 del Convenio):
- Los días. Donde pases más días del año. Las ausencias temporales cuentan como días en tu territorio y, salvo prueba en contrario, estás donde tienes tu vivienda habitual.
- El centro de intereses. Si no se puede decidir por días, donde obtienes la mayor parte de la base imponible, sin contar el capital mobiliario.
- La última declaración. Si tampoco, el territorio de tu última residencia declarada en el IRPF.
Con declaración conjunta y miembros que viven en territorios distintos, declara la familia donde reside quien tiene más base liquidable (artículo 6.Dos del Concierto y 9.2 del Convenio).
Vivir en un sitio y trabajar en otro
La renta y la retención pueden ir a administraciones distintas. La retención del trabajo la exige la hacienda del lugar donde se presta el trabajo, «conforme a su respectiva normativa»: con su tabla (artículo 7 del Concierto y artículo 10 del Convenio). Si trabajas en varios territorios, o no se puede saber dónde, o teletrabajas, manda el centro de trabajo al que estás adscrito.
| Vives en | Trabajas en | Te retienen con | Declaras en |
|---|---|---|---|
| Bizkaia | Castro Urdiales (Cantabria) | Tabla estatal | Hacienda Foral de Bizkaia |
| Burgos | Vitoria-Gasteiz | Tabla de Álava | Agencia Tributaria |
| Pamplona | Donostia | Tabla de Gipuzkoa | Hacienda Foral de Navarra |
| Madrid, teletrabajando | Empresa con tu centro en Bilbao | Tabla de Bizkaia | Agencia Tributaria |
Lo retenido vale en tu declaración aunque esté ingresado en otra administración: las dos se lo reclaman entre ellas (artículo 12 del Concierto y 16 del Convenio). Tú no tienes que hacer nada. Lo que sí puede pasar es que la tabla no encaje con lo que acabarás pagando, porque las escalas y las deducciones son distintas: por eso la calculadora de cada territorio enseña la retención y la cuota por separado.
Si te mudas a mitad de año
El IRPF de un año no se parte entre dos haciendas. La regla de los días se aplica al periodo impositivo entero, así que declaras todo el año donde pasaste más días. Si te mudas de Logroño a Vitoria-Gasteiz el 1 de septiembre, has vivido 243 días en La Rioja y 122 en Álava: la renta de ese año va entera a la Agencia Tributaria, con la escala riojana, y la del año siguiente, a Álava. Si te mudas el 1 de mayo, es al revés: 120 días frente a 245, y todo el año se declara en Álava.
La empresa, mientras tanto, sigue reteniendo con la tabla del sitio donde trabajas, que no cambia por la mudanza. Para el IRPF no tienes que comunicar el cambio de domicilio aparte: el Concierto lo da por comunicado con la presentación de la declaración (artículo 43.Cinco). Si las dos administraciones no se ponen de acuerdo sobre dónde vives, lo resuelve la Junta Arbitral del Concierto después de oírte (artículo 43.Seis).
Mudarse para pagar menos
El Concierto lo prevé expresamente. Los cambios de residencia «que tengan por objeto principal lograr una menor tributación efectiva» no producen efecto, y el artículo 43.Siete presume que no hubo cambio, salvo que la nueva residencia dure tres años seguidos, si se juntan tres cosas: tu base imponible sube al menos un 50 % el año del cambio o el siguiente; tu tributación efectiva es menor que la que te habría tocado en el territorio anterior; y vuelves a él el año siguiente al de esa subida o el otro. Si la presunción se aplica, presentas complementarias con intereses de demora. El padrón, por sí solo, no decide nada: cuentan los días.
Lo que cambia en cada régimen
| Bizkaia, Gipuzkoa y Álava | Navarra | Régimen común | |
|---|---|---|---|
| Escala general | 23 % a 49 %, desde 17.720 € (18.080 en 2026) | 13 % a 52 %, desde 4.458 € | Estatal más autonómica: en Madrid, del 18 % al 45 % |
| Nómina | Bonificación de hasta 8.000 € sobre el rendimiento | Deducción en cuota de hasta 1.400 € | Reducción del art. 20 y 2.000 € de gastos |
| Mínimo personal | Minoración de cuota de 1.583 € (1.615 en 2026) | Deducción de 1.084 €, más un incremento por rentas bajas | 5.550 € en la parte estatal, aplicados con la escala; la comunidad puede subirlo en la suya |
| Hijos | Deducción en cuota: 668 € el primero en Bizkaia y Gipuzkoa, 734,80 € en Álava | Deducción en cuota: 483 € el primero, +40 % con rentas bajas | Mínimo estatal de 2.400 € el primero, aplicado con la escala |
| Tabla de retención 2026 | Nada hasta 20.000 € | Nada hasta 17.000 € | Límites del art. 81 del reglamento |
| Obligación de declarar | 20.000 € de trabajo | 14.500 € en la renta 2025; 17.000 € en la de 2026 | 22.000 € (15.876 con dos pagadores) |
| Campaña de la renta 2025 | Bizkaia: 15-4 a 30-6. Gipuzkoa: 7-4 a 2-7. Álava: 7-4 a 25-6 | 9-4 a 25-6 | 8-4 a 30-6 |
La diferencia de fondo es dónde se descuenta la familia. En régimen común el mínimo personal y familiar se aplica con la escala, y ahorra más a quien tiene un tipo más alto en el primer tramo. En los territorios forales las deducciones se restan enteras de la cuota: el primer hijo vale lo mismo con 20.000 euros que con 80.000.
Las cifras de cada territorio, con sus tablas completas, están en las guías de Bizkaia, Gipuzkoa, Álava y Navarra. La escala de tu comunidad de régimen común está en la guía de los tramos del IRPF.
¿Se paga menos? El mismo sueldo en cinco sitios
Cuota de la renta 2025 de una persona asalariada sin hijos que declara sola, con las cotizaciones de un contrato indefinido. Madrid va como referencia del régimen común porque su tipo autonómico máximo, el 20,5 %, es el más bajo de las quince comunidades:
| Sueldo bruto | Bizkaia, Gipuzkoa y Álava | Navarra | Madrid |
|---|---|---|---|
| 18.000 € | 733,95 € | 1.505,64 € | 891,12 € |
| 30.000 € | 4.546,68 € | 4.584,31 € | 4.599,69 € |
| 60.000 € | 13.664,48 € | 14.898,97 € | 13.945,41 € |
Tres lecturas. Con sueldos medios, los cinco quedan a menos de 55 euros. Con sueldos bajos, el País Vasco paga menos por la bonificación del trabajo, y Navarra pagaba bastante más: su escala sube al 22 % desde 4.458 euros. Eso cambió en 2026, cuando la Ley Foral 17/2025 subió la deducción por trabajo y el mínimo personal, y la misma nómina de 18.000 euros pasa a pagar 347,58 euros en Navarra. Con sueldos altos, Navarra es la más cara de las cinco.
Con familia cambia el orden. Con 30.000 euros y dos hijos compartidos con el otro progenitor, uno menor de 3 años: Álava 3.512,13 euros, Navarra 3.602,06, Bizkaia y Gipuzkoa 3.606,18, Madrid 3.864,09. Álava gana por sus deducciones familiares, un 10 % más altas.
El comparador de arriba hace la cuenta con tu sueldo, tus hijos y la comunidad que elijas. No suma las deducciones autonómicas de régimen común, que en muchas comunidades bajan la cuota, ni deducciones forales como el alquiler o las aportaciones a la EPSV. Tampoco decide dónde tributas: eso lo decide dónde vives.
Las haciendas forales, una por una
- Bizkaia. Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia, con la Norma Foral 13/2013 y el Reglamento del Decreto Foral 47/2014.
- Gipuzkoa. Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa, con la Norma Foral 3/2014.
- Álava. Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de la Diputación Foral de Álava, con la Norma Foral 33/2013 y el Reglamento del Decreto Foral 40/2014.
- Navarra. Hacienda Foral de Navarra, con el Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF (Decreto Foral Legislativo 4/2008) y el Reglamento del Decreto Foral 174/1999.
Si además tienes una empresa o eres autónomo en uno de estos territorios, los modelos tampoco son los estatales: están en la tabla de modelos fiscales forales.
Preguntas frecuentes
¿Qué son las haciendas forales?
Las administraciones tributarias de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava, que son las tres Diputaciones Forales vascas, y la Hacienda Foral de Navarra. Por el Concierto Económico (Ley 12/2002) y el Convenio Económico (Ley 28/1990), regulan y cobran el IRPF de quienes residen en su territorio. La Agencia Tributaria no interviene en esas declaraciones.
¿Dónde pago el IRPF si vivo en un territorio y trabajo en otro?
La renta se declara donde tienes la residencia habitual, que es donde pasas más días del año (art. 43 del Concierto y art. 8 del Convenio). La retención de la nómina la exige la hacienda del lugar donde trabajas, con su tabla (art. 7 del Concierto y art. 10 del Convenio). Lo retenido cuenta en tu declaración aunque esté ingresado en otra administración (arts. 12 y 16).
¿Se paga menos IRPF en el País Vasco?
Depende del sueldo y de la familia. En la renta 2025, con 18.000 euros brutos sin hijos, 733,95 euros en el País Vasco frente a 891,12 en Madrid; con 30.000, 4.546,68 frente a 4.599,69; con 60.000, 13.664,48 frente a 13.945,41. Sin contar deducciones autonómicas ni forales especiales. Con hijos la diferencia crece, porque las deducciones familiares vascas se restan enteras de la cuota.
¿Y en Navarra?
En la renta 2025 los sueldos bajos pagaban más que en el régimen común: 1.505,64 euros con 18.000 brutos, frente a 891,12 en Madrid, porque su escala sube al 22 % desde 4.458 euros. La Ley Foral 17/2025 cambió eso en 2026: la misma nómina paga 347,58 euros. Por arriba, con 60.000 euros, Navarra paga más que el País Vasco y Madrid.
¿Me puedo empadronar en el País Vasco para pagar menos?
El padrón no decide: cuenta dónde pasas más días del año. Y el Concierto (art. 43.Siete) no da efecto a los cambios de residencia hechos para pagar menos. Presume que no hubo cambio, salvo que la nueva residencia dure tres años seguidos, si coinciden tres cosas. Tu base sube al menos un 50 % el año del cambio o el siguiente. Pagas menos que en el territorio anterior. Y vuelves a él en los dos años siguientes.
¿Tengo que hacer la renta si gano menos de 20.000 euros en el País Vasco?
No, si solo tienes rendimientos brutos del trabajo de hasta 20.000 euros y rendimientos del capital y ganancias de hasta 1.600, en los tres territorios vascos. En Navarra el límite del trabajo era 14.500 euros en la renta 2025 y es 17.000 en la de 2026. En régimen común, 22.000 con un pagador y 15.876 si el segundo pasa de 1.500 euros.
¿La tabla de retenciones es igual en Bizkaia, Gipuzkoa y Álava?
Sí. Las tres diputaciones aprobaron la misma tabla para la segunda mitad de 2025 (Decretos Forales 59/2025, 10/2025 y 23/2025) y para 2026 (134/2025, 27/2025 y 42/2025): no retiene hasta 20.000 euros al año. Lo que cambia entre ellas son algunas deducciones familiares, más altas en Álava. Navarra tiene su propia tabla, que desde 2026 empieza en 17.000 euros.
¿Cuándo es la campaña de la renta en los territorios forales?
Para la renta 2025, en 2026: Bizkaia del 15 de abril al 30 de junio; Gipuzkoa del 7 de abril al 2 de julio; Álava del 7 de abril al 25 de junio, con la propuesta confirmable hasta el 17 de junio; Navarra del 9 de abril al 25 de junio. La Agencia Tributaria, del 8 de abril al 30 de junio.
Fuentes oficiales consultadas
- 01
- 02
- 03Norma Foral 13/2013, del IRPF de Bizkaia: textos vigentesDiputación Foral de Bizkaia
NF 13/2013 - 04Norma Foral 33/2013, del IRPF de Álava: texto consolidado con notasDiputación Foral de Álava
NF 33/2013 - 05Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF de Navarra (LexNavarra, versión vigente)Gobierno de Navarra
DFL 4/2008 - 06
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