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IRPF en Navarra 2026: la tabla de retenciones que empieza en 17.000 €, los tramos y las deducciones

Equipo editorial de LegatiqSupervisado por abogados colegiados en España9 min
IRPF de Navarratabla de retenciones de NavarraTexto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicasdeducción por mínimo personal

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Tu IRPF en Navarra: la retención de tu nómina y lo que te sale en la renta

Con la tabla de retenciones y la norma foral de Navarra de cada año. Para una persona asalariada que declara sola: pon tu sueldo bruto y lo que te pase; lo que dejes en blanco lo estimamos y te lo decimos.

Qué año
Tu situación
Tu familia
Ahorro y previsión
Tu vivienda

En Navarra la compra solo deduce si la vivienda es protegida o está en un municipio de menos de 10.000 habitantes sin vivienda protegida (art. 62.1): no la calculamos.

La tabla de retenciones de Navarra

Porcentaje según el rendimiento anual bruto previsto y los hijos y otros descendientes con derecho a deducción. La fila «Más de X» se aplica por encima de esa cifra.

Rendimiento anualSin hijos12345678910 o más
Más de 14.50086420000000
Más de 16.750108641000000
Más de 19.7501211976400000
Más de 23.25013,512,211,58,77,75,73,60000
Más de 25.75014,613,312,69,99,27,85,83,80,800
Más de 28.25015,814,513,712,410,78,97,95,93,90,90,1
Más de 32.25017161513,612,510,8108752
Más de 35.75018,117,116,514,71413,312,210,29,17,16,1
Más de 41.250201918,316,916,215,513,712,411,310,29,2
Más de 48.00022,121,520,918,918,317,716,615,614,513,412,3
Más de 55.00024,123,5232221,520,919,818,717,716,615
Más de 62.00026,125,524,52423,522,921,921,419,818,717,2
Más de 69.25028,327,72726,625,52524,422,921,820,319,3
Más de 75.25029,629,228,327,327,226,226,124,523,422,321,3
Más de 82.25030,830,53029,42928,327,726,625,624,523,9
Más de 94.75032,231,731,230,830,43029,528,927,826,825,7
Más de 107.25033,53332,632,33231,5313029,528,528
Más de 120.00035,134,834,63433,532,932,431,330,729,729,1
Más de 132.75036,23635,83534,533,933,432,8323130
Más de 146.0003837,53736,535,534,934,43433,53231,5
Más de 200.0004039,839,43938,53837,535,534,533,733
Más de 280.0004241,541,240,84039,539373635,234,5
Más de 350.0004342,942,842,541,54140,538,537,536,736

La retención la pone el sitio donde trabajas; la renta, el sitio donde vives. Si vives en Navarra y trabajas en Gipuzkoa, tu empresa te retiene con la tabla guipuzcoana, pero declaras en Navarra con estas cifras (art. 9 del Convenio Económico y art. 7 del Concierto Económico).

Si tu caso no cabe en estas casillas —declaración conjunta, un cambio de residencia a mitad de año, pensiones, alquileres cobrados o actividad—, regístrate gratis y Legatiq lo revisa con la norma foral de Navarra. Esta herramienta es orientativa y genérica: usa Legatiq para examinar tu caso más a fondo. En cualquier caso, ni Legatiq ni esta herramienta sustituyen el asesoramiento de un profesional.

El primer resultado para «tabla IRPF Navarra 2025» es un PDF que no publica Hacienda, con la nota «actualizada 01/2023, vigente en 2025». Para 2025 acierta. Para 2026 ya no: desde el 1 de enero la tabla de Navarra no retiene hasta 17.000 euros, y el Boletín Oficial de Navarra tuvo que corregirla tres semanas después de publicarla. Navarra es además el territorio foral que más se separa del resto: tiene su propia escala, del 13 al 52 %, y no bonifica la nómina como el País Vasco, sino que deduce en la cuota. Esta página pone las dos tablas y la escala con el Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF y su reglamento, y la calculadora hace tu cuenta.

La tabla de retenciones: de 14.500 a 17.000 euros

La tabla está en el artículo 71 del reglamento (Decreto Foral 174/1999). Cada fila es «Más de» una retribución anual, y la columna es el número de hijos y otros descendientes por los que tienes derecho a deducción, hasta «10 o más».

Retribución anual2023 a 20252026
16.000 € sin hijos8 %0 %
17.000,01 € sin hijos10 %2 %
17.000,01 € con un hijo8 %1 %
20.000 € sin hijos12 %6 %
25.000 € sin hijos13,5 %11 %
30.000 € sin hijos15,8 %14,6 %
Más de 32.250 €igualigual

La tabla anterior retenía desde 14.500 euros «a partir del 1 de enero de 2023», como explica el Manual teórico de la campaña 2025 de Hacienda. La nueva es del apartado veinte del Decreto Foral 148/2025, con efectos desde el 1 de enero de 2026. Su exposición de motivos lo explica: la obligación de declarar sube a 17.000 euros y la tabla se ajusta para que esas personas no sufran descuentos en la nómina que luego las obligarían a declarar.

Y un detalle que explica por qué en enero costaba encontrarla. En el Boletín del 31 de diciembre la tabla general salió dentro del apartado diecinueve, que añade un artículo sobre protección de datos, y el apartado que cambiaba el artículo 71 solo traía la escala de discapacidad. La corrección de errores del BON 14, de 20 de enero de 2026, la llevó a su sitio. La tabla de la calculadora está leída de esa corrección, y coincide celda a celda con el documento de retenciones de Hacienda.

Con discapacidad se restan puntos: 5 (33 %) o 15 (65 %) hasta 23.250 euros; 3 o 15 hasta 41.250; 2 u 8 hasta 94.750, y 2 o 5 por encima, sin bajar de cero. Con contratos de menos de un año o jornada parcial, la retención no baja del 2 %. A las pensiones se les aplica la columna de un hijo, salvo que pidas por escrito la de tu situación real.

La escala: la única foral que no se parece a la vasca

Base liquidable generalTipo
Hasta 4.458 €13 %
Hasta 10.030 €22 %
Hasta 21.175 €25 %
Hasta 35.663 €28 %
Hasta 51.266 €36,5 %
Hasta 66.869 €41,5 %
Hasta 89.159 €44 %
Hasta 139.310 €47 %
Hasta 195.034 €49 %
Hasta 334.344 €50,5 %
Por encima52 %

Es la del artículo 59, igual en la renta 2025 y en 2026: la Ley Foral 17/2025 no la toca. La base del ahorro tributa al 20 % hasta 6.000 euros, 22 % hasta 10.000, 24 % hasta 15.000, 26 % hasta 200.000, 27 % hasta 300.000 y 28 % por encima (artículo 60). Las aportaciones a planes de pensiones reducen la base con un máximo de 1.500 euros y del 30 % de los rendimientos netos del trabajo, o el 50 % a partir de 50 años (artículo 55).

Las deducciones en la cuota: trabajo y mínimo personal

En Navarra el sueldo no se bonifica. Se calcula la cuota con la escala y luego se restan dos deducciones que tiene toda persona asalariada.

Deducción por trabajo (artículo 62.5). Se calcula sobre el rendimiento neto del trabajo, que es el bruto menos las cotizaciones:

Rendimiento neto del trabajoRenta 20252026
Hasta 10.500 €1.400 €1.400 €
De 10.500 a 12.500 €1.400 € menos 0,10 € por euro de más sobre 10.5001.400 €
De 12.500 a 17.500 €1.400 € menos 0,10 € por euro de más sobre 10.5001.400 € menos 0,14 € por euro de más sobre 12.500
De 17.500 a 35.000 €700 €700 €
De 35.000 a 50.000 €700 € menos 0,02 € por euro de más700 € menos 0,02 € por euro de más
Más de 50.000 €400 €400 €

El cambio de 2026 es del apartado Trece de la Ley Foral 17/2025. Con discapacidad la deducción sube un 50 % (33 %) o un 100 % (65 %), y no puede superar la cuota que la escala saca de tus rendimientos del trabajo.

Deducción por mínimo personal (artículo 62.9.a). 1.084 euros, que suben 264 a partir de 65 años o 585 a partir de 75, y 766 o 2.757 con discapacidad del 33 o del 65 %. Encima va un incremento por rentas bajas, que es lo que más cambia:

  • Renta 2025: 150 euros si tus rentas no pasan de 30.000.
  • 2026: 1.280 euros hasta 17.500 euros de rentas; de ahí baja 0,0904 euros por euro hasta 30.000, y entre 30.000 y 32.000 va de 150 euros a cero (apartado Catorce de la Ley Foral 17/2025).

Los mínimos familiares y el alquiler

Por cada hijo soltero menor de 30 años que conviva contigo y no gane más que el IPREM: 483 euros por el primero, 512 por el segundo, 732 por el tercero, 981 por el cuarto, 1.111 por el quinto y 1.286 por el sexto y siguientes, más 644 por cada menor de 3 años. Si compartes el hijo con el otro progenitor, cada uno se deduce la mitad. Con rentas de hasta 20.000 euros, tu parte sube un 40 %; entre 20.000 y 30.000 el aumento baja hasta desaparecer. Por cada ascendiente que conviva contigo, 264 euros a partir de 65 años y 585 a partir de 75.

El alquiler de la vivienda habitual deduce el 15 % con 1.500 euros al año, o el 20 % con 1.600 si tienes menos de 30 años o formas una familia monoparental. Solo si tus rentas no pasan de 30.000 euros y el alquiler supera el 10 % de ellas (artículo 62.2).

Un sueldo, dos años

Mismo sueldo, sin familia, con las cotizaciones de la nómina, en la renta 2025 y en 2026:

16.000 € en 202516.000 € en 202630.000 € en 202530.000 € en 2026
Cotizaciones1.040 €1.040 €1.950 €1.950 €
Cuota íntegra3.037,88 €3.037,88 €6.516,63 €6.516,63 €
Deducción por trabajo954 €1.055,60 €700 €700 €
Mínimo personal1.234 €2.364 €1.234 €1.410,28 €
Cuota líquida849,88 €0 €4.582,63 €4.406,35 €
Retención del año1.280 € (8 %)0 €4.740 € (15,8 %)4.380 € (14,6 %)
Resultadodevuelven 430,12 €nadadevuelven 157,37 €pagas 26,35 €

Con 16.000 euros, en 2026 las dos deducciones suman 3.419,60 euros, más que la cuota, y lo que sobra no se devuelve: la cuota líquida no puede ser negativa (artículo 61). Tampoco hay retención ni obligación de declarar. Con 30.000 euros la cuota baja 176 euros, pero la retención baja más, y el resultado pasa de devolver a pagar.

Obligación de declarar y campaña

En la renta 2025 no estabas obligado a declarar si solo tuviste rendimientos del trabajo inferiores a 14.500 euros brutos y rendimientos del capital y ganancias sometidos a retención de hasta 1.600 euros. Para la renta 2026 el límite del trabajo es 17.000 euros, por el apartado ocho del Decreto Foral 148/2025.

La Orden Foral 24/2026 abrió la campaña de la renta 2025 del 9 de abril al 25 de junio de 2026: «Renta online» desde el primer día, el servicio telefónico desde el 13 de abril y la cita en oficinas desde el 20 de abril. La propuesta de Hacienda funciona distinto según su resultado (artículo 7):

  • A pagar: se confirma pagando. Se domicilia en dos plazos del 50 %.
  • A devolver: se confirma sola cuando cobras la devolución, si no la has rechazado ni presentado otra declaración.
  • Cuota cero: se da por confirmada salvo que la rechaces.

El pago vencía el 3 de julio de 2026, y se podía partir sin intereses: la mitad hasta esa fecha y el resto hasta el 20 de noviembre (artículo 16).

Vivir en Navarra y trabajar en otro sitio

El Convenio Económico separa las dos cosas. Declaras en Navarra si tu residencia habitual está allí, es decir, si pasas en Navarra la mayor parte del año (artículos 8 y 9). La retención de tu nómina la exige la administración del sitio donde trabajas, con su tabla (artículo 10). Si vives en Pamplona y trabajas en Gipuzkoa, te retienen con la tabla guipuzcoana y declaras en Navarra con la escala del 13 al 52 %; lo retenido cuenta igual, esté donde esté ingresado (artículo 16). Con teletrabajo manda el centro de trabajo al que estás adscrito. La guía del IRPF foral compara lo que pagaría tu sueldo en Navarra, en los tres territorios vascos y en tu comunidad. La tabla que usa Gipuzkoa está en la guía de Gipuzkoa.

Lo que la calculadora no calcula

La tributación conjunta y la deducción de las familias monoparentales que declaran juntas, los mínimos por familiares con discapacidad, las deducciones por cuidado de familiares, por donativos, por cuotas sindicales o por vehículos eléctricos, los regímenes transitorios de la vivienda comprada antes de 2018 y los rendimientos de actividades económicas.

FAQ

Preguntas frecuentes

01

¿Cuál es la tabla de retenciones de Navarra en 2026?

La del artículo 71 del Reglamento del IRPF en la redacción del Decreto Foral 148/2025, con efectos desde el 1 de enero de 2026. No retiene hasta 17.000 euros al año. Con 17.000,01 retiene un 2 % sin hijos y un 1 % con uno; con 20.000, un 6 %; con 25.000, un 11 %; con 30.000, un 14,6 %. Desde 32.250 euros es igual que la tabla anterior. La tabla salió publicada en un apartado equivocado y se corrigió en el BON del 20 de enero de 2026.

02

¿Qué tabla de retención se aplicó en Navarra en 2025?

La misma que desde el 1 de enero de 2023, que retenía a partir de 14.500 euros (lo recoge el Manual teórico de la campaña 2025). Con 16.000 euros sin hijos, un 8 %; con 20.000, un 12 %; con 30.000, un 15,8 %.

03

¿Cuáles son los tramos del IRPF en Navarra?

La base liquidable general tributa al 13 % hasta 4.458 euros, 22 % hasta 10.030, 25 % hasta 21.175, 28 % hasta 35.663, 36,5 % hasta 51.266, 41,5 % hasta 66.869, 44 % hasta 89.159, 47 % hasta 139.310, 49 % hasta 195.034, 50,5 % hasta 334.344 y 52 % por encima (art. 59 del Texto Refundido). Es la misma escala en la renta 2025 y en 2026. La del ahorro va del 20 al 28 %.

04

¿Cuánto es la deducción por trabajo en Navarra?

1.400 euros con rendimientos netos del trabajo de hasta 10.500 euros en la renta 2025, y de hasta 12.500 en 2026. Baja hasta 700 euros a 17.500 (en 2025, 0,10 euros por cada euro de más; en 2026, 0,14); se queda en 700 hasta 35.000, y baja a 400 a partir de 50.000 (art. 62.5). Con discapacidad sube un 50 % o un 100 %, y nunca supera la cuota que la escala saca de esos rendimientos.

05

¿Qué cambia en 2026 en el mínimo personal de Navarra?

La deducción general es de 1.084 euros. En la renta 2025 subía 150 euros si tus rentas no pasaban de 30.000. En 2026, por la Ley Foral 17/2025, sube 1.280 euros con rentas de hasta 17.500; con más, baja 0,0904 euros por cada euro hasta 30.000, y entre 30.000 y 32.000 va de 150 euros a cero.

06

¿Tengo que hacer la declaración de la renta en Navarra?

En la renta 2025 no estabas obligado si solo cobraste rendimientos del trabajo inferiores a 14.500 euros brutos y rendimientos del capital y ganancias sometidos a retención de hasta 1.600. Para la renta 2026 el límite del trabajo sube a 17.000 euros (art. 56 del Reglamento, en la redacción del Decreto Foral 148/2025). Si te han retenido, tienes que declarar para que te lo devuelvan.

07

¿Cuándo fue la campaña de la renta 2025 en Navarra?

Del 9 de abril al 25 de junio de 2026 (Orden Foral 24/2026). El pago vencía el 3 de julio, y se podía partir sin intereses: el 50 % hasta el 3 de julio y el resto hasta el 20 de noviembre de 2026. La propuesta que sale a devolver se da por confirmada al cobrar la devolución si no la rechazas en plazo.

08

Soy pensionista en Navarra: ¿con qué columna me retienen?

Con la de un hijo, tengas o no descendientes (art. 71.Tres.1 del Reglamento). Puedes pedir que te apliquen la columna de tu situación real: se pide por escrito al pagador en diciembre, o en el mes anterior a empezar a cobrar la pensión.

Fuentes

Fuentes oficiales consultadas

  1. 01
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