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Gastos deducibles del autónomo en 2026: lista completa y amortización

Equipo editorial de LegatiqSupervisado por abogados colegiados en España13 min
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¿Esto me lo puedo deducir?

Busca tu gasto y mira qué dice la norma

Escribe el gasto tal como lo dirías —«la luz», «el coche», «una comida con un cliente»— y sale el veredicto con el artículo que lo sostiene. Y sí: en varios casos la respuesta es distinta en IRPF y en IVA.

Amortización · cuánto puedes deducir cada año

Algunos coeficientes de la tabla oficial del artículo 12.1
ElementoCoeficiente máximoPeriodo máximo
Obra civil general2 %100 años
Pavimentos6 %34 años
Edificios industriales3 %68 años
Edificios comerciales, administrativos, de servicios y viviendas2 %100 años
Almacenes y depósitos7 %30 años
Infraestructuras y obras mineras7 %30 años

Esta es la tabla de la ley del impuesto, verificada literal. Si tributas en estimación directa simplificada se aplica una tabla más corta que aprueba una orden ministerial y que el Reglamento del IRPF no contiene: por eso aquí puedes introducir tu coeficiente en vez de imponerte uno.

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Las fichas recogen la regla legal con su artículo. Lo que no pueden saber es si tu caso concreto encaja: la deducibilidad se juega casi siempre en la prueba de la afectación, y eso depende de tus facturas y de tu actividad, no del texto de la norma.

Tres requisitos para que un gasto sea deducible

Antes de pensar en categorías concretas, conviene fijar las reglas generales. La Ley 35/2006 del IRPF y el Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007) exigen tres condiciones simultáneas:

  1. Vinculación con la actividad económica. El gasto tiene que ser necesario para obtener ingresos. Una afectación exclusiva (100 por cien al negocio) es lo más seguro. Una afectación parcial (uso mixto particular y profesional) solo se admite en supuestos concretos.
  2. Justificación documental con factura completa. Tickets de caja sin tus datos no sirven para deducir IRPF, salvo casos puntuales (taxi, parking, manutención con pago electrónico). Si vas a deducir, exige factura.
  3. Registro contable. Hay que anotar el gasto en los libros oficiales (libro de gastos en estimación directa simplificada, contabilidad ajustada al Código de Comercio en estimación directa normal).

Si falta cualquiera de los tres, la AEAT puede rechazar la deducción en una inspección y exigir el reintegro con recargos y sanciones.

Atenciones a clientes (representación y regalos)

Las comidas con clientes, los regalos institucionales y otras atenciones comerciales son deducibles, pero con límites estrictos. La Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, aplicable también a autónomos en lo que se refiere a atenciones, lo regula en su artículo 15.

Tope global

Las atenciones a clientes y proveedores son deducibles siempre que estén correlacionadas con los ingresos, con un límite máximo del 1 por ciento del importe neto de la cifra de negocios anual. Por encima de ese 1 por ciento, los importes no son deducibles, aunque tengan factura y registro.

Requisitos prácticos

  • Factura a nombre del autónomo con todos los datos exigibles.
  • Pago por medios electrónicos (tarjeta, transferencia). Pagos en efectivo son problemáticos.
  • Justificación de la finalidad: agenda, correo previo, contacto identificado. La AEAT puede pedir prueba de que la comida o el regalo respondía a una relación comercial real.
  • Coherencia con el negocio: regalar 2.000 euros de jamón a un único cliente es difícil de defender frente a una inspección.

Ejemplos comunes

  • Comidas de trabajo con clientes: deducibles dentro del 1 por ciento.
  • Regalos institucionales: cestas de Navidad, lotes corporativos, agendas con logo. Deducibles dentro del 1 por ciento.
  • Eventos con clientes: si tienen finalidad clara comercial (presentaciones de producto, jornadas), deducibles.

Ropa de trabajo: uniformes vs ropa común

La doctrina de la AEAT y de la Dirección General de Tributos es taxativa. Solo es deducible la ropa con afectación exclusiva a la actividad.

Ropa específica deducible

  • Uniformes con logotipo o anagrama del negocio. El distintivo asegura que la prenda no se usa fuera del trabajo.
  • Calzado y prendas de seguridad propios de oficios concretos (botas con puntera, cascos, guantes especiales, monos ignífugos).
  • Ropa técnica vinculada a la actividad: bata blanca de un médico, trajes de buceo en actividades subacuáticas, equipación deportiva en deportistas profesionales.

Ropa común no deducible

  • Trajes, vestidos, camisas, zapatos convencionales, aunque sean prendas que use exclusivamente para reuniones de trabajo. La AEAT considera que tienen aptitud para uso social y personal, así que carecen de afectación exclusiva.

La frontera está en el distintivo. Una camisa con el logotipo bordado entra; la misma camisa sin logotipo, no.

Cuotas de colegios profesionales

Para el autónomo, la cuota del colegio profesional es gasto deducible de la actividad por la regla general de correlación con los ingresos (artículos 28 y 30 de la Ley del IRPF), no por una regla especial: el artículo 30.2, donde se cita habitualmente, no menciona los colegios profesionales en ninguna de sus cinco reglas. El precepto que sí los nombra —con el tope de 500 euros anuales cuando la colegiación es obligatoria— es el de los rendimientos del trabajo (artículo 10 del Reglamento del IRPF), y ese tope es el que aplica a un asalariado, no a un autónomo por su actividad.

Profesiones con colegiación obligatoria

Abogacía, medicina, arquitectura, ingeniería en sus distintas especialidades, farmacia, veterinaria, psicología clínica, enfermería. En estas profesiones la cuota colegial es deducible íntegramente sin tope rígido, aunque el gasto siempre tiene que cumplir el requisito de necesariedad.

Colegiación voluntaria

Cuando la colegiación no es obligatoria (por ejemplo, en algunas asociaciones profesionales sin reserva de actividad), la deducción puede ser objetada por la AEAT en una comprobación. La carga de la prueba recae en el autónomo: hay que demostrar que el gasto es necesario para mantener la actividad.

Tope para asalariados (no aplica a autónomos en estimación directa)

El artículo 10 del Reglamento del IRPF fija un tope de 500 euros anuales para los rendimientos del trabajo (asalariados). Para autónomos en estimación directa, ese tope no es aplicable de forma rígida, aunque la AEAT vigila que el gasto sea proporcional a la actividad.

Seguros médicos privados

La Ley 35/2006 permite deducir las primas de seguro de enfermedad pagadas por el autónomo.

Cobertura admitida

  • El propio autónomo.
  • Su cónyuge (matrimonio o pareja de hecho registrada).
  • Sus hijos menores de 25 años que convivan con él.

Límites

  • 500 euros por persona y año en condiciones generales.
  • 1.500 euros por persona y año si la persona tiene una discapacidad reconocida.

Los importes son límites individuales, no globales. Una familia de cuatro miembros (autónomo, cónyuge y dos hijos) podría deducir hasta 2.000 euros anuales (4 × 500).

Requisitos

  • Póliza a nombre del autónomo o, si está conjunta, con titularidad clara.
  • Pago desde la cuenta del autónomo.
  • Justificante de la compañía aseguradora con desglose de primas por asegurado.

Atenciones a empleados y manutención propia

Si tienes empleados, también puedes deducir gastos por atenciones a tu plantilla. Y como autónomo en activo, tienes derecho a deducir tus propios gastos de comida cuando salgan de la rutina diaria.

Atenciones a empleados

El artículo 15 de la Ley del IS no considera liberalidad (y por tanto admite la deducción) los gastos efectuados con respecto al personal de la empresa conforme a usos y costumbres.

Casos clásicos:

  • Cestas de Navidad de importe razonable, generalizadas para toda la plantilla.
  • Comida de empresa anual: cena de Navidad, evento de fin de año.
  • Premios o regalos por antigüedad, por casamiento, por nacimiento, siempre que sean equitativos para todos los empleados en igual situación.
  • Material para teletrabajo facilitado a los empleados.

El requisito clave es la generalidad y proporcionalidad: si la cesta es solo para un empleado favorito, deja de ser uso y costumbre y se convierte en liberalidad no deducible.

Manutención propia del autónomo

Desde 2018, el autónomo puede deducir sus comidas en jornada laboral con cuatro condiciones del artículo 30.2.c) de la Ley del IRPF:

  1. Vinculación con el desarrollo de la actividad (no es la comida diaria en casa).
  2. Establecimiento de restauración u hostelería (bares, restaurantes, cafeterías).
  3. Pago por medios electrónicos (tarjeta o transferencia, nunca efectivo).
  4. Respetar los límites diarios:
    • 26,67 euros/día en España sin pernocta.
    • 48,08 euros/día en el extranjero sin pernocta.
    • 53,34 euros/día en España con pernocta.
    • 91,35 euros/día en el extranjero con pernocta.

Gastos NO deducibles que mucha gente intenta meter

Más útil que enumerar los deducibles es saber lo que la AEAT rechaza con más frecuencia.

  • Gimnasio. La cuota es uso personal, no necesaria para la actividad. Solo deportistas profesionales pueden defenderlo.
  • Ropa de calle. Ya tratado: sin distintivo, sin deducción.
  • Restaurantes con familia o amigos. Si la finalidad no es comercial, no es atención a cliente.
  • Cursos de cambio de sector. Solo se admite formación ligada a la actividad actual. Un cambio de profesión no es deducible.
  • Suministros del hogar al 100 por cien sin afectación parcial declarada. Si no marcaste la afectación en el modelo 036, la AEAT te rechaza la deducción del 30 por ciento.
  • Vehículo de uso mixto al 100 por cien. En IRPF la regla es todo o nada: 100 por cien afecto o cero. En IVA hay presunción del 50 por ciento.
  • Multas y sanciones. Tráfico, hacienda, seguridad social. Ninguna es deducible.
  • Donativos a entidades no acreditadas. Solo donativos a entidades expresamente reconocidas dan derecho a deducción.

Amortización de bienes de inversión

Los bienes que duran varios años (ordenador, mobiliario, vehículo, maquinaria) no se deducen de golpe en el año de compra. Se amortizan: se reparte el coste en varios ejercicios según su vida útil.

Tabla simplificada (estimación directa simplificada)

Si tributas en estimación directa simplificada, se aplica una tabla de amortización propia y más corta que la general. Un matiz de origen que conviene conocer: la regla 1.ª del artículo 30 del Reglamento del IRPF ordena amortizar «en función de la tabla de amortizaciones simplificada que se apruebe por el Ministro de Hacienda», pero no contiene los coeficientes — los remite a una orden ministerial. Los que se manejan en la práctica son estos:

ElementoCoeficiente lineal máximoPeriodo máximo (años)
Equipos informáticos y software26 %10
Elementos de transporte (vehículos)16 %14
Mobiliario, instalaciones y enseres10 %20
Maquinaria12 %18
Edificios3 %68

Eliges cada año el coeficiente entre el máximo y el mínimo (el que corresponde al periodo máximo). En la práctica casi todos aplican el máximo para deducir el gasto cuanto antes.

Si tributas en estimación directa normal, no usas esta tabla: usas la del artículo 12.1 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, que es mucho más extensa y sí está en el texto de la ley. La tienes consultable, con la cuota anual calculada sobre el valor que introduzcas, en la calculadora del Impuesto sobre Sociedades.

Cómo se calcula

Sobre el valor de adquisición, IVA aparte (el IVA tiene su propio régimen):

  • Ordenador de 1.500 euros con coeficiente del 26 %: 390 euros anuales de amortización deducible.
  • Vehículo afecto al 100 % de 25.000 euros con coeficiente del 16 %: 4.000 euros anuales.
  • Mobiliario de 3.000 euros con coeficiente del 10 %: 300 euros anuales.

Amortización acelerada para empresas de reducida dimensión (ERD)

Si eres ERD (cifra de negocios inferior a 10 millones de euros, lo que cubre prácticamente a todos los autónomos), puedes multiplicar por 2 el coeficiente lineal máximo en bienes nuevos:

  • Ordenador nuevo de 1.500 euros: 26 × 2 = 52 % anual. Amortización deducible: 780 euros.
  • Vehículo nuevo afecto al 100 %: 16 × 2 = 32 % anual.

El bien tiene que ser nuevo y la opción de amortización acelerada se ejerce en el plazo de declaración. No es obligatorio aplicarla desde el primer año.

Libertad de amortización 2026

Para 2026 hay tres regímenes especiales de libertad de amortización que permiten amortizar el 100 por cien de la inversión en el mismo año.

Vehículos eléctricos e infraestructura de recarga (RDL 7/2026)

El Real Decreto-ley 7/2026 permite amortizar libremente:

  • Vehículos eléctricos nuevos afectos a la actividad: FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV.
  • Nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.

Requisitos:

  • Entrar en funcionamiento durante 2026.
  • Documentación técnica (proyecto o memoria).
  • Certificado de instalación eléctrica diligenciado por la Comunidad Autónoma para los puntos de recarga.

Instalaciones de energía renovable

La libertad de amortización para instalaciones de autoconsumo —eléctrico o térmico— que sustituyan fuentes fósiles, con un límite de 500.000 euros, sigue vigente para 2026: vive en la disposición adicional decimoséptima de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, aplicable al autónomo por remisión del artículo 28 de la Ley del IRPF.

⚠️ Ojo con la fuente que circula: el Real Decreto-ley 2/2026, que muchas guías siguen enlazando como norma de este beneficio, no fue convalidado y quedó derogado. El incentivo no desapareció con él —está en la ley del impuesto—, pero citarlo a él es citar una norma muerta.

Condición de empleo: hay que mantener la plantilla media total durante los 24 meses siguientes al inicio del periodo en que entren en funcionamiento, comparada con los 12 meses anteriores.

Libertad de amortización por creación de empleo (general ERD)

Como autónomo ERD, puedes amortizar libremente elementos nuevos del inmovilizado material si incrementas tu plantilla media de personas trabajadoras en el ejercicio. La cuantía máxima a amortizar libremente es de 120.000 euros por cada unidad (1,00) de incremento de plantilla media respecto al año previo.

Si pasas de 0 a 1 empleado, podrías amortizar libremente hasta 120.000 euros de inversión nueva.

Casos prácticos

Consultora con comidas y formación

Carmen factura 60.000 euros al año en consultoría. Gasta 800 euros en comidas con clientes a lo largo del año (acreditadas con factura y pago con tarjeta) y 1.200 euros en cursos de actualización profesional.

  • Comidas con clientes: tope del 1 por ciento × 60.000 = 600 euros deducibles. Los 200 euros restantes no son deducibles.
  • Formación: deducible al 100 por cien por estar correlacionada con su actividad actual.
  • Total adicional deducible: 1.800 euros.

Comerciante con uniforme y tienda

Roberto tiene una panadería y compra dos uniformes con el logo del negocio bordado por 320 euros, además de un horno industrial nuevo por 8.500 euros.

  • Uniformes con logo: deducibles al 100 por cien por afectación exclusiva.
  • Horno: bien de inversión. Coeficiente lineal de maquinaria del 12 por ciento (o 24 por ciento por amortización acelerada como ERD). Deducción primer año: 8.500 × 0,24 = 2.040 euros.

Diseñadora con vehículo eléctrico

Lucía compra un vehículo eléctrico nuevo por 38.000 euros para su trabajo de fotografía itinerante. Se acoge a la libertad de amortización del RDL 7/2026: deduce los 38.000 euros íntegros como gasto en el ejercicio 2026. Conserva el contrato, la factura, la ITV y el certificado de la inscripción del vehículo.

Errores frecuentes

  • Confundir el límite del 1 por ciento de atenciones a clientes. Aplica sobre la cifra de negocios anual, no por operación. Hay que llevar el control acumulado.
  • Pagar comidas con clientes en efectivo. Hace muy difícil la deducción. Tarjeta o transferencia siempre.
  • Pensar que un traje "para reuniones" es ropa de trabajo. Sin logotipo o sin carácter técnico, la AEAT lo rechaza.
  • No declarar la afectación parcial de la vivienda en el modelo 036. Sin esa declaración previa, el 30 por ciento de los suministros no se puede deducir.
  • Amortizar bienes con uso mixto sin afectación exclusiva en IRPF. La regla en IRPF es 100 por cien o nada, salvo en sectores con presunción específica.
  • No conservar documentación técnica de los activos amortizados libremente. Sin el proyecto, el certificado y la factura, la libertad de amortización no se puede aplicar.
  • Confundir gasto deducible con beneficio fiscal. Deducir un gasto reduce la base imponible, no el impuesto a pagar directamente. Un euro deducido ahorra entre 0,19 y 0,47 euros según tu tipo marginal de IRPF.

Pasos siguientes

Para el cálculo paso a paso del modelo 130 con todos los gastos deducibles, lee IRPF del autónomo: estimación directa, simplificada y módulos.

Para asegurarte de que las facturas que recibes son válidas para deducir, revisa cómo facturar como autónomo en 2026.

Visión panorámica del régimen del autónomo: guía completa del autónomo en España 2026.

FAQ

Preguntas frecuentes

01

¿Qué tres requisitos pide la AEAT para que un gasto sea deducible?

Vinculación con la actividad económica (que el gasto sea necesario para obtener ingresos), justificación documental con factura completa (no ticket genérico salvo en gastos pequeños) y registro contable en los libros oficiales del autónomo. Si falta alguno de los tres, la AEAT puede rechazar la deducción durante una comprobación.

02

¿Puedo deducir comidas con clientes?

Sí, pero con dos limitaciones. Primero, hay que poder demostrar la finalidad comercial (correo previo, agenda, contacto). Segundo, las atenciones a clientes y proveedores tienen un tope global del 1 por ciento del importe neto de la cifra de negocios anual. Por encima, no son deducibles. Aplican las reglas del artículo 15 e) de la Ley del IS.

03

¿La ropa de trabajo es deducible?

Solo cuando es ropa específica con carácter técnico, de seguridad o que incorpora el logotipo del negocio. Un uniforme con tu marca, calzado de seguridad o equipo de protección sí. La ropa común (trajes, zapatos convencionales), aunque la uses para trabajar y reunirte con clientes, no es deducible para la AEAT por carecer de afectación exclusiva.

04

¿Cuánto puedo deducir de los seguros médicos privados?

El máximo es 500 euros por persona y año, cubriendo al autónomo, su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él. El límite sube a 1.500 euros si la persona tiene una discapacidad reconocida. Es necesario que el seguro esté contratado a nombre del autónomo y se pague desde su cuenta.

05

¿Las cuotas de mi colegio profesional son deducibles?

Sí, cuando la colegiación es obligatoria para el ejercicio de la actividad. Para autónomos en estimación directa no hay un tope rígido como existe para asalariados (500 euros), pero la AEAT exige que el gasto sea necesario. Si la colegiación es voluntaria, la deducción puede ser cuestionada en una comprobación.

06

¿Puedo deducir el gimnasio?

No. La AEAT considera el gasto en gimnasio uso particular o recreativo, no necesario para la obtención de ingresos. La excepción son los deportistas profesionales o entrenadores cuya actividad sea estrictamente deportiva, donde el gasto sí está afecto. Para el resto de profesiones, no hay vía legal para deducirlo.

07

¿Cómo se amortiza un ordenador en estimación directa simplificada?

Aplicando un coeficiente lineal anual sobre su valor de adquisición. La tabla simplificada permite hasta el 26 por ciento anual durante un máximo de 10 años. Un ordenador de 1.500 euros se puede amortizar a razón de 390 euros por año durante varios ejercicios, lo que se incluye como gasto deducible en cada uno.

08

¿Puedo amortizar un coche eléctrico al 100 por cien en 2026?

Sí. El Real Decreto-ley 7/2026 introduce libertad de amortización para vehículos eléctricos nuevos (FCV, FCHV, BEV, REEV, PHEV) afectos a la actividad y para nuevas infraestructuras de recarga. Hay que ponerlos en funcionamiento durante 2026 y conservar la documentación técnica del proyecto y los certificados de instalación eléctrica.

Fuentes

Fuentes oficiales consultadas

  1. 01
    Ley 35/2006, del IRPF
    BOEBOE-A-2006-20764
  2. 02
  3. 03
  4. 04
  5. 05
  6. 06
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