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Cuánto te deduces en el Principado de Asturias, con tu base y el límite de cada deducción
Rellena solo lo que te pase. Cada deducción comprueba su propio límite de renta con la base que usa tu comunidad y te dice el artículo; las que dependen de un dato que no nos das quedan marcadas para revisar.
Las 27 deducciones de el Principado de Asturias en el manual de la Agencia Tributaria
La calculadora hace las de las personas. Las de inversión en empresas, arrendadores, donativos a entidades concretas o catástrofes están aquí con su ficha oficial. Norma: Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado.
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años
- Por adquisición o adecuación de la vivienda habitual para contribuyentes con discapacidad
- Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida
- Por arrendamiento de vivienda habitual
- Por adopción internacional de menores
- Por partos múltiples o por dos o más adopciones constituidas en la misma fecha
- Para familias numerosas
- Para familias monoparentales
- Por acogimiento familiar de menores
- Por certificación de la gestión forestal sostenible
- Por gastos de descendientes en centros de cero a tres años
- Por adquisición de libros de texto y material escolar
- Por nacimiento o adopción de segundo y sucesivos hijos en concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica
- Para contribuyentes que se establezcan como autónomos en concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica
- Por gastos de transporte público para residentes en concejos en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica
- Por gastos de formación en que hayan incurrido los contribuyentes que desarrollen trabajos especialmente cualificados, relacionados directa y principalmente con actividades de investigación y desarrollo, científicas o de carácter técnico
- Para contribuyentes que trasladen su domicilio fiscal al Principado de Asturias por motivos laborales
- Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para determinados colectivos
- Por adquisición de vehículos eléctricos
- Por el cuidado de descendientes o adoptados de hasta 25 años de edad
- Por emancipación de jóvenes de hasta 35 años de edad
- Por la obtención de ayudas o subvenciones otorgadas por el Principado de Asturias a enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica
- Por gastos derivados del arrendamiento de viviendas
- Por los gastos vitales en que incurran los contribuyentes de hasta 35 años
- Por descendientes en caso de fallecimiento de progenitor como consecuencia de accidentes laborales
- Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación
- Por gastos derivados de la enfermedad celíaca diagnosticada
Se aplica la comunidad donde viviste más días del año. El artículo 72 de la Ley del IRPF te hace residente, a efectos de estas deducciones, de la comunidad en la que pasaste más días del periodo impositivo; si te mudaste en junio, puede que te toquen las de la anterior.
Si tienes una situación que no cabe en estas casillas —custodia compartida, un cambio de comunidad, varias viviendas o un hijo con discapacidad—, regístrate gratis y Legatiq lo revisa con la norma de tu comunidad. Esta herramienta es orientativa y genérica: usa Legatiq para examinar tu caso más a fondo. En cualquier caso, ni Legatiq ni esta herramienta sustituyen el asesoramiento de un profesional.
La respuesta automática del buscador a «deducciones autonómicas Asturias» da bien el alquiler y los gastos vitales de los jóvenes, pero en la deducción más extendida, la de los hijos, dice que son hasta 500 euros por el primer hijo y 600 por el segundo y siguientes. Esa era la cifra hasta el 30 de diciembre de 2025. Al día siguiente se publicó y entró en vigor el artículo 39 de la Ley 5/2025, de Presupuestos para 2026, que la dejó en 600 euros por cada hijo. Como el IRPF se devenga el 31 de diciembre, el cambio ya vale para la renta 2025. Esta página recorre las 27 deducciones asturianas del manual de la Agencia Tributaria y calcula con tus datos las de las personas, con cada artículo del texto refundido leído en el BOE con su historial de versiones.
La ley que entró en vigor el 31 de diciembre
La Ley del Principado de Asturias 5/2025 entra en vigor, dice su disposición final tercera, «el día 1 de enero de 2026, salvo los apartados uno a diecisiete del artículo 39, que entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias». Ese día fue el 31 de diciembre de 2025, fecha de devengo del impuesto. El texto consolidado del BOE registra esas versiones con fecha de 31 de diciembre, y el manual de la Agencia Tributaria para la renta 2025 ya las aplica. Lo que cambió para la renta 2025:
| Deducción | Hasta la renta 2024 | Renta 2025 y 2026 |
|---|---|---|
| Cuidado de descendientes (14 duodecies) | 500 € el primero, 600 € los siguientes | 600 € por cada uno |
| Vivienda protegida (6) | Hasta 5.000 € por lo pagado en el año | Hasta 5.000 € el año de la compra y hasta 1.000 € los siguientes |
| Celiaquía (14 novodecies) | No existía | 100 € por miembro de la unidad familiar |
| Concejos en riesgo de despoblamiento | Hasta 20.000 habitantes con un 10 % menos de población que en 2000 | Los del Decreto 83/2025, de zonificación demográfica |
La consulta vinculante 2/2026 de la Dirección General de Finanzas y Política Tributaria del Principado, de mayo de 2026, transcribe ya el texto nuevo: «Los contribuyentes podrán deducir 600 euros por cada descendiente que genere derecho a la aplicación del mínimo por descendientes». Y resuelve una duda práctica: si los dos progenitores conviven con el hijo y declaran por separado, la deducción se reparte primero a partes iguales y después cada uno mira su límite de renta. Si uno pasa de 35.000 euros, el otro se aplica 300 euros, no 600.
La base de Asturias y sus límites
Asturias mide la renta con la base imponible, sin restar el mínimo. Pero no hay un límite, hay varios, y cambian de una deducción a otra:
| Límite de base imponible | Deducciones que calcula la calculadora |
|---|---|
| 26.000 € (37.000 en conjunta) | Acogimiento de mayores (3), centros de 0 a 3 años fuera de concejo en riesgo (14 bis), libros y material escolar (14 ter) |
| 35.000 € (45.000 en conjunta) | Alquiler (7), dos hijos equiparados a numerosa (11), 0 a 3 años en concejo en riesgo (14 bis), segundo hijo en concejo (14 quáter), autónomos en concejo (14 quinquies), transporte (14 sexies), compra de vivienda (14 decies), descendientes (14 duodecies), emancipación (14 terdecies), celiaquía (14 novodecies) |
| 45.000 €, también en individual | Familia monoparental (12), sumando las anualidades por alimentos exentas |
| 28.000 €, en individual y en conjunta | Gastos vitales de jóvenes (14 sexdecies) |
| Sin límite de renta | Vivienda por discapacidad (4), vivienda protegida (6), adopción internacional (9), partos múltiples (10), familia numerosa (11), acogimiento de menores (13), fallecimiento del otro progenitor en accidente laboral (14 septendecies) |
El alquiler: 10 % o 30 %
El artículo 7 da dos porcentajes. El general: «el 10 por ciento de las cantidades satisfechas en el período impositivo por arrendamiento de la vivienda habitual, con un máximo de 500 euros». Y el reforzado, del 30 % con 1.500 euros, para cinco situaciones:
- Jóvenes de hasta 35 años.
- Familias numerosas.
- Familias monoparentales, con la definición del artículo 12.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Contribuyentes que viven en un concejo en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica, «cualquiera que sea» su edad.
En todos los casos, con base imponible de hasta 35.000 euros o 45.000 en conjunta. Con 5.000 euros de alquiler al año, una persona de 40 años se deduce 500; una de 35, 1.500. Si dos inquilinos tienen derecho por la misma vivienda, el máximo se reparte a partes iguales.
Jóvenes: gastos vitales, emancipación y compra
- Gastos vitales (14 sexdecies, creado por la Ley 8/2024). Para contribuyentes de hasta 35 años con base imponible de hasta 28.000 euros: lo pagado en «gastos de vivienda y suministros asociados a la misma», educativos, de transporte y movilidad, en tecnología, deportivos y culturales, con un máximo de 2.000 euros hasta los 25 años, 1.500 entre los 26 y los 30 y 1.000 entre los 30 y los 35. La ley escribe «entre los 26 y los 30» y «entre los 30 y los 35», así que no aclara qué pasa con 30 años; la calculadora aplica 1.500. Es la única deducción asturiana que incluye los «gastos deportivos».
- Emancipación (14 terdecies). Hasta 1.000 euros de los gastos del año en que un joven de hasta 35 años deja de vivir con sus padres y se va a una vivienda en Asturias, en propiedad o alquiler, una sola vez. Se pierde si vuelve al hogar familiar antes de tres años.
- Compra o rehabilitación de la vivienda habitual (14 decies). Fuera de los concejos en riesgo, para jóvenes de hasta 35 años y viviendas de hasta 250.000 euros: el 5 % de lo pagado en el año. En un concejo en riesgo, para cualquier edad: el 5 %, o el 10 % para jóvenes, familias numerosas y monoparentales, manteniendo allí el domicilio tres años. Base máxima de 10.000 euros al año, hipoteca incluida.
- Vivienda protegida (6). Lo pagado por comprar o rehabilitar una vivienda protegida, hasta 5.000 euros el año de la compra y hasta 1.000 los siguientes; lo que no quepa en la cuota se aplica en los tres años siguientes. Sin límite de renta.
La calculadora no suma dos deducciones sobre lo mismo pagado por la vivienda: si te caben la protegida y la de compra joven, se queda con la mayor.
Familia: hijos, familia numerosa y monoparental
- Cuidado de descendientes (14 duodecies). 600 euros por cada hijo con mínimo, con base de hasta 35.000 euros. Incompatible con la de 0 a 3 años del 14 bis: se aplica la que dé más.
- Gastos de 0 a 3 años (14 bis). El 15 % de lo pagado en centros de cero a tres años con 500 euros por hijo y base de hasta 26.000; en concejos en riesgo, el 30 % con 1.000 euros y base de hasta 35.000. Se restan las ayudas del Principado para lo mismo.
- Familia numerosa (11). 1.000 euros en la general y 2.000 en la especial, sin límite de renta. Se equiparan a la general «las familias que a fecha de devengo del impuesto estén constituidas por uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes», con base de hasta 35.000 euros.
- Familia monoparental (12). 500 euros si tienes hijos menores o mayores con discapacidad a cargo y no convives con otra persona, salvo ascendientes que den mínimo; base de hasta 45.000 euros, y no se aplica en custodia compartida.
- Libros y material escolar (14 ter). Lo pagado en libros de primaria y ESO y material escolar, con un tope por hijo que baja con la base: en individual, 50 euros hasta 6.500, 37,50 hasta 10.000 y 25 hasta 26.000; en conjunta, 100 hasta 12.000, 75 hasta 20.000 y 50 hasta 37.000. Las familias numerosas, 75 en individual y 150 en conjunta.
- Partos múltiples (10). 1.000 euros por cada hijo nacido o adoptado a la vez. Adopción internacional (9), 1.500 euros por hijo. Acogimiento de menores (13), 500 euros por menor que conviva 183 días, o 250 entre 90 y 183.
- Fallecimiento del otro progenitor en accidente laboral (14 septendecies). 1.000 euros por cada hijo con mínimo, mientras lo dé.
Los concejos en riesgo de despoblamiento
Vivir en un concejo clasificado en riesgo o en crisis demográfica por el Decreto 83/2025 cambia cinco deducciones: el alquiler sube al 30 % a cualquier edad, los centros de 0 a 3 años al 30 % con 1.000 euros, el segundo hijo y siguientes nacidos o adoptados dan 300 euros más (14 quáter), darse de alta como autónomo da 1.000 euros (14 quinquies) y los abonos de transporte público se deducen con 100 euros, más el 10 % con 300 euros por cada hijo que estudia bachillerato, FP o universidad fuera del concejo (14 sexies). Todas con base de hasta 35.000 euros.
Mayores, discapacidad y celiaquía
- Acogimiento no remunerado de mayores de 65 (3). 500 euros por persona que conviva contigo más de 183 días sin contraprestación y sin parentesco hasta el tercer grado; base de hasta 26.000 euros.
- Compra o adecuación de la vivienda por discapacidad (4). El 3 % de lo pagado, con base de 15.000 euros, si la vivienda o las obras son necesarias para una persona con un 65 % de discapacidad: tú, tu cónyuge o un familiar que conviva contigo y no gane más de 35.000 euros.
- Celiaquía (14 novodecies). 100 euros por cada miembro de la unidad familiar con diagnóstico, con informe médico oficial; base de hasta 35.000 euros.
Lo que la calculadora deja en la lista
Asturias tiene además deducciones por la certificación de la gestión forestal, la formación de trabajadores de investigación, el traslado del domicilio fiscal a Asturias por trabajo, los vehículos eléctricos, las ayudas a enfermos de ELA, los gastos del arrendador y la inversión en empresas nuevas. Están bajo la calculadora con su ficha oficial.
Errores que se ven en consultas
- Aplicar 500 euros por el primer hijo en la renta 2025. Desde el 31 de diciembre de 2025 son 600 por cada uno.
- Aplicar los 600 euros enteros cuando el otro progenitor supera el límite. Se reparten primero: 300 para cada uno, y solo los aplica quien cumple.
- Sumar la de 0 a 3 años y la de descendientes. Son incompatibles.
- Usar la definición antigua de concejo en riesgo. Desde la renta 2025 manda el Decreto 83/2025.
- Pensar que la familia numerosa tiene límite de renta. Solo lo tiene la equiparada de dos hijos.
- Buscar una deducción por gimnasio. No la hay como tal; los gastos deportivos entran en la de gastos vitales de los jóvenes.
La deducción autonómica se resta de la cuota que sale de la escala asturiana, que explica la guía de los tramos del IRPF; las ayudas estatales de 100 euros al mes por hijo pequeño son otra cosa y están en la guía de la deducción por maternidad.
Para profundizar
- Manual práctico de Renta 2025 de la AEAT, ficha de las deducciones autonómicas de el Principado de Asturias.
- Decreto Legislativo 2/2014, artículos 3 a 14 novodecies, en su versión consolidada.
- Ley 5/2025, de Presupuestos del Principado para 2026, artículo 39 y disposición final tercera.
- Qué comunidad te toca y cómo se comparan las quince, en la guía de las deducciones autonómicas por comunidad.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se deduce por hijo en Asturias en la renta 2025?
600 euros por cada descendiente que te dé derecho al mínimo por descendientes, y hasta que cumpla 26 años aunque ya no lo dé, si tu base imponible no pasa de 35.000 euros (45.000 en conjunta). Es el artículo 14 duodecies en la redacción de la Ley 5/2025, que entró en vigor el 31 de diciembre de 2025 y por eso vale ya para la renta 2025. Hasta la renta 2024 eran 500 euros por el primero y 600 por los siguientes. Es incompatible con la deducción por gastos de 0 a 3 años.
¿Si mi pareja gana más de 35.000 euros pierdo la deducción por hijos?
No la pierdes, pero solo aplicas la mitad. La Dirección General de Finanzas y Política Tributaria del Principado lo resolvió en su consulta vinculante 2/2026: la deducción se prorratea primero a partes iguales entre los dos progenitores que conviven con el hijo, y después cada uno comprueba su límite de renta. Quien no pasa de 35.000 euros se aplica 300 euros por hijo; la otra mitad no la aplica nadie.
¿Cuánto se desgrava el alquiler en Asturias?
El 10 % de lo pagado, con 500 euros; o el 30 %, con 1.500, si tienes 35 años o menos, eres familia numerosa o monoparental, eres mujer víctima de violencia de género o vives en un concejo en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica. En todos los casos la base imponible no puede pasar de 35.000 euros (45.000 en conjunta). Es el artículo 7 del Decreto Legislativo 2/2014.
¿Qué es la deducción por gastos vitales de Asturias?
Una deducción para contribuyentes de hasta 35 años con base imponible de hasta 28.000 euros, por lo que pagan en vivienda y suministros, estudios, transporte, tecnología, deporte y cultura. El máximo es de 2.000 euros hasta los 25 años, 1.500 entre los 26 y los 30 y 1.000 entre los 30 y los 35 (artículo 14 sexdecies, creado por la Ley 8/2024). Hay que justificar los gastos con factura.
¿Qué concejos de Asturias están en riesgo de despoblamiento?
Desde la renta 2025, los clasificados como en riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica por el Decreto 83/2025, de 23 de junio, de zonificación demográfica. La Ley 5/2025 sustituyó la definición anterior (concejos de hasta 20.000 habitantes que hubieran perdido un 10 % de población desde 2000) por la remisión a ese decreto en el alquiler, los centros de 0 a 3 años, el nacimiento, los autónomos, el transporte y la compra de vivienda.
¿La familia numerosa tiene límite de renta en Asturias?
No. Se deducen 1.000 euros en la categoría general y 2.000 en la especial con el título a 31 de diciembre (artículo 11). Lo que sí tiene límite es la equiparación: una familia con dos hijos, sean o no comunes, se trata como numerosa general y se deduce 1.000 euros si la base no pasa de 35.000 euros (45.000 en conjunta).
¿Se desgrava el gimnasio en Asturias?
No hay una deducción por gimnasio para todos. Lo que existe es la de gastos vitales de los jóvenes de hasta 35 años, que incluye los gastos deportivos junto con la vivienda, los estudios o el transporte, con un máximo de 1.000 a 2.000 euros según la edad y base imponible de hasta 28.000 euros.
Fuentes oficiales consultadas
- 01
- 02
- 03Agencia Tributaria: Manual práctico de Renta 2025, deducciones autonómicas del Principado de AsturiasAgencia Tributaria
Manual Renta 2025, parte 2 - 04Ley 35/2006, del IRPF (texto consolidado), art. 58: mínimo por descendientesBOE
BOE-A-2006-20764
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